Muchas personas son testigos o tienen conocimiento de algún caso de abandono o maltrato animal, pero no saben cómo reaccionar o dónde acudir para denunciarlo, incluso pueden pensar que no está en sus manos la solución. La gran mayoría de estos casos no son denunciados por estos motivos, por eso, desde Doble A queremos aportar nuestro granito de arena, para que, con tu ayuda, intentemos acabar con el sufrimiento de esos animales que son víctimas de abandono o maltrato. A continuación, te damos unas simples pautas para que puedas denunciar, fácilmente, cualquier caso que presencies o conozcas.
En primer lugar, queremos destacar algunos aspectos fundamentales a este respecto:
- Cualquier persona que presencie o conozca un caso de abandono o de maltrato animal, puede denunciar ante las autoridades competentes.
- En muchas ocasiones, la “denuncia” o difusión por redes sociales puede resultar contraproducente pues el autor podría eliminar las pruebas o causar un daño mayor al animal.
- El maltrato no sólo consiste en ejercer violencia física contra el animal o causar su muerte, sino también no tenerlo en buenas condiciones de salud, higiénicas o de alimentación, en definitiva, también es maltrato no proporcionar al animal unas adecuadas condiciones de vida.
En principio, puedes denunciar por vía administrativa y/o penal pues, en función de la gravedad o de los distintos hechos, el maltrato cometido podrá ser constitutivo de una infracción administrativa o de un delito. Te ayudamos a distinguir entre ambos tipos de denuncia:
- Denuncia Administrativa: Hay multitud de normativa, a nivel local y autonómico, que contiene regulación en materia de animales. Por eso, si alguna de estas normas es infringida, podrás interponer denuncia directamente ante la Administración Pública correspondiente, por ejemplo, el Ayuntamiento o el Gobierno Autonómico. Además, de tener competencias para ordenar el cese de los hechos constitutivos de la infracción, podrán imponerse multas económicas al autor, tanto coercitivas como sancionadoras.
- Denuncia Penal: Es la que debe interponerse si los hechos cometidos son los previstos en los artículos 337 y/o 337 bis del Código Penal que, básicamente, tipifican como delito causar la muerte o lesiones graves al animal, así como el abandono. Las penas varían entre multa, prisión e inhabilitación para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales. Estas denuncias se pueden interponer directamente en el Juzgado, Fiscalía o ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Policía Local, Nacional y Guardia Civil o Seprona).
Nuestra recomendación es que se presenten ambos tipos de denuncia, de este modo, tendremos mayores probabilidades de que sea tramitada, independientemente de que los hechos constituyan un delito o una infracción administrativa. No obstante, formulando denuncia (oral o escrita) ante la Guardia Civil o Policía (Local o Nacional), los agentes se encargarán de iniciar la vía que estimen más conveniente.
En estos casos, si usted es víctima, ofendido o perjudicado por el hecho denunciado tiene derecho a ser parte en el proceso, interviniendo en él y ejercitando las acciones civiles y penales que procedan.
Ante esta situación, existen varias vías:
- Si el maltrato se está produciendo en ese momento y se precisa una acción más inmediata, lo mejor es avisar por teléfono a cualquiera de los Cuerpos de Seguridad. Esta opción permite permanecer en el anonimato ya que, en teoría, la Policía o Guardia Civil debería personarse en el lugar y denunciar ellos de oficio. Sin embargo, es difícil saber si, finalmente, lo han hecho o no, según si han visto indicios de infracción o delito y han denunciado al propietario o poseedor de los animales que, por otro lado, tendrán que identificarlo por sus propios medios.
- Otra opción, especialmente recomendable en casos de maltrato continuado o si no se consigue la intervención policial, es presentar la denuncia acudiendo a cualquier Comisaría (Policía Local, Nacional o Guardia Civil) o bien a la Fiscalía. Se puede hacer la denuncia de forma oral, pero lo recomendable es llevarla redactada y aportar todas las pruebas que recopiladas. Cualquier prueba (fotos, vídeos, audios, testigos, informe veterinario, etc.) que se pueda obtener para acreditar tanto los hechos, como la identificación de la persona que los está cometiendo y del propietario del animal (si lo tiene), será crucial para que la denuncia tenga éxito. En estos casos, el denunciante deberá identificarse, no obstante, sus datos sólo quedarán en conocimiento de la Autoridad competente, no debiendo transcender ni llegar a la persona denunciada.
- Si, como decíamos antes, se trata de un caso visto por Internet, con independencia de la denuncia que se deba interponer formalmente, también puede informarse al Grupo de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil.
- Finalmente, existe la opción de interponer una denuncia ante los Juzgados de Instrucción o el Juzgado de Paz de tu domicilio. En este caso, la denuncia debe ir redactada convenientemente y deberá aportarse toda la prueba de que se disponga a fin de que el Juzgado examine su contenido y decida si procede iniciar el correspondiente procedimiento penal. El denunciante será parte en el procedimiento y será notificado de todos los trámites que se lleven a cabo, pero debe tenerse en cuenta que sus datos se darán a conocer al denunciado si se inician actuaciones contra el mismo.
En cualquier caso, le recomendamos que cuente con el asesoramiento profesional de abogados especializados en Derecho Animal.